El lateral zurdo del Rayo Vallecano, Razvan Rat, deberá cumplir cuatro partidos de sanción por la agresión sobre el delantero del Celta de Vigo, Charles. El intento del club vallecano por rebajar su sanción no ha surtido efecto.
El Rayo Vallecano ha intentado hasta última hora lograr una rebaja en la sanción de su jugador Razvan Rat, que propinó un cabezazo a Charles, delantero del Celta, pero el Comité de Competición, aun considerando «loable la reflexión y posterior arrepentimiento del jugador agresor», ha considerado que dicho arrepentimiento no fue «espontáneo» y ha decidido sancionarle con cuatro partidos.
El Rayo presentó un escrito que ha sido contestado por el Comité de Competición con la siguiente resolución:
«Primero.- No existe controversia sobre la acción que motivó la expulsión del jugador Don Razvan Rat Dinca, limitándose las alegaciones del Rayo Vallecano de Madrid, SAD a solicitar la aplicación de una serie de circunstancias invocadas para atenuar la responsabilidad derivada de una manifiesta agresión a un adversario con consecuencias lesivas y, por ende, tipificada en el artículo 98.1 del Código Disciplinario de la RFEF, toda vez que la hemorragia nasal del adversario no supuso su baja, lo que hubiera subsumido los hechos en el apartado 2 del citado precepto.
Segundo.- En este orden de cosas, y aun cuando resulte loable la reflexión y posterior arrepentimiento del jugador agresor, no nos encontramos propiamente ante el «arrepentimiento espontáneo» previsto en el apartado a) del artículo 10 del Código Disciplinario de la RFEF, que solo puede tener los pretendidos efectos atenuantes de responsabilidad en el caso de que, amén de dicha espontaneidad, el arrepentimiento se muestre de manera inmediata a la producción de los hechos, circunstancias que no concurren en el caso que nos ocupa.
Idéntica suerte desestimatoria han de correr las alegaciones relativas a una hipotética provocación del contrario, que, aun cuando a efectos meramente dialécticos pudiera haber tenido lugar, no ampara una reacción absolutamente dolosa y desproporcionada que, en definitiva, significa «tomarse la justicia por su cuenta», sin tratarse de un lance del juego, tal y como se refiere al acta arbitral cuando el Colegiado señala expresamente que el balón estaba en juego, pero no a distancia de ser jugado.
En definitiva, nada justifica una agresión a otra persona y, menos aún, en un contexto como el deportivo, que debe estar presidido por el juego limpio entre adversarios».
Además de los cuatro partidos, el Rayo deberá abonar una sanción de 1.700 euros y el jugador de 3.005 euros.
